ClimaPAC
El control remoto preciso de las centrales térmicas
Ley de Estabilidad de 2016 (art. 88)
La deducción por intervenciones de eficiencia energética, igual al 65% de los costes incurridos, también se aplica a la compra, instalación y puesta en servicio de dispositivos multimedia para el control remoto de los sistemas de producción de calefacción y/o agua de calefacción y/o climatización de las viviendas, que garantizan el funcionamiento eficiente de los sistemas.
Estos dispositivos deben cumplir con las características señaladas en el artículo 88 de la Ley de Estabilidad, a saber:
a) mostrar el consumo de energía a través de canales multimedia, proporcionando datos periódicamente;
b) mostrar las condiciones de operación actuales y la temperatura de regulación de las plantas;
c) permitir el encendido, apagado y programación semanal de los sistemas a distancia;
¡La solución ClimaPAC cumple plenamente con estos requisitos!
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Gestión remota del sistema vía web en el portal www.ATClima.com
Sinóptico del sistema, alarmas, tendencias históricas y en tiempo real, modificación de parámetros
La solución se activa en la centralita configurando:
- la regulación de los generadores de calor
- la cascada de módulos de generación
- hasta 3 flujos de calefacción independientes (con mezclador o bomba de velocidad variable)
- el circuito de recirculación de agua caliente sanitaria y la carga del acumulador
- la regulación de la energía solar térmica
- las bombas de circulación del sistema
- interactuando con el contador de calorías central
Documentación
Boletín comercial